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News
Cantabria regula la vivienda turística
 18

  JAN

Cantabria regula la vivienda turística

Este jueves el Gobierno de Cantabria  ha aprobado el Decreto por el que se regula la actividad de las viviendas de uso turístico de cesión temporal completa o compartida en el ámbito de dicha Comunidad Autónoma. Su entrada en vigor se producirá transcurridos tres meses desde su publicación BOC (Boletín Oficial de Cantabria). Detectándose la necesidad de crear un censo de viviendas turísticas y así poder eliminar la competencia desleal.

El objetivo de esta regulación es;

  • Proporcionar un régimen jurídico de vivienda turística propio, garantizándose las condiciones de orden público, seguridad ciudadana, salud pública y protección de los clientes según Consejería de Turismo.
  • Ordenación y control de viviendas o pisos turísticos ubicados en suelo residencial y ofertado con fines turísticos.

División de la vivienda en dos modalidades:

  • Viviendas de cesión completa, de alquiler temporal con fines turísticos y de inmediata disponibilidad.
  • Viviendas de cesión compartida totalmente equipadas, de inmediata utilización y en las que reside el propietario.

Obligaciones del Decreto de regulación de las viviendas Turísticas:

  • Registro en la Dirección General de Turismo en el inicio de la actividad (anexado seguro de responsabilidad civil y declaración responsable).
  • Obligación de exhibir una placa identificativa en el exterior de la puerta de acceso a la vivienda de uso turístico y disponibilidad de hojas oficiales de reclamaciones.
  • Exposición de las normas de utilización, precios de servicios y actividades ofertadas así como la atención telefónica.
  • Registro de viajeros con el objeto de garantizar el control y la seguridad ciudadana.
  • Ofrecer servicios de alojamiento con muebles y enseres necesarios  así como contar con las medidas de seguridad e incendios pertinentes.
  • Entregar la vivienda en perfectas condiciones de limpieza e higiene e información sobre normas de uso y temporada de funcionamiento.

Finalmente, las viviendas vacacionales deberán exhibir el número de inscripción del Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria en toda publicidad que se haga de la actividad turística. Los prestadores de este servicio o cualquier intermediario que se beneficie en el alquiler de la vivienda no declarada serán responsables solidarios de incumplimiento.

En el caso de las viviendas ubicadas en los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, el propietario también debe presentar una declaración responsable acerca de los estatutos o acuerdos adoptados por la comunidad de propietarios en la que se aluda al consentimiento por parte de la comunidad al uso del inmueble con fines turísticos.

Diseñado por CRM Inmovilla
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